martes, 26 de diciembre de 2017

La Fiscalía pide cinco años de cárcel para Adolfo Canedo por falsificación documental

 
Adolfo Canedo Cascallana, actual portavoz del Grupo Popular


La Fiscalía de Ponferrada solicita 5 años de prisión para Adolfo Canedo Cascallana por un presunto delito de falsificación en documento oficial con un delito de estafa procesal en grado de tentativa, una multa de 18 meses con una cuota de 20 euros, e inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones como alcalde de ayuntamiento durante el tiempo de 5 años.

Así se desprende del escrito de acusación presentado por la fiscal ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 5 de Ponferrada, en el procedimiento 484/2013, en el que también solicita la apertura de juicio oral ante la Audiencia Provincial de León.

En el mismo escrito, la fiscalía, solicita para la exsecretaria interina de Cacabelos, una pena de 4 años de prisión, multa de 12 meses con cuota diaria de 20 euros, e inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones como secretaria de ayuntamiento durante 3 años.

Según la Fiscalía, los dos acusados “confeccionaron de mutuo acuerdo y a  sabiendas de faltar a la verdad, un certificado en donde constataban que no se ha encontrado documento relativo a si desde el año 2001 a la actualidad todos los funcionarios que se encontraban en incapacidad temporal y durante la totalidad de la duración de esta situación percibía el 100% sus retribuciones respecto al mes anterior al de causar baja, al igual que el resto del personal laboral o contratado al servicio del Ayuntamiento”. Y omitieron tanto “el envío como la mención de alguna de las nóminas de los funcionarios y personal laboral del Ayuntamiento que durante el periodo señalado en el certificado si habían percibido el 100% de sus retribuciones respecto del mes anterior al de causar baja”.

El Ayuntamiento ha pedido al juzgado personarse como acusación  al fin de proceder a la defensa de sus intereses.

El delito de falsificación de documentos públicos por parte de un alcalde está penado, según el artículo 390 del Condigo Penal, con prisión de 3 a 6 años, con multa de 6 a 24 meses, y con inhabilitación de 2 a 6 años.

 Nota: Aunque ya lo he señalado en otras ocasiones, lo vuelvo a repetir: se publicarán todos los comentarios que lleguen con la identidad de su autor y la posibilidad de contactar con el mismo. Los anónimos y/o solo los firmados con seudónimos no se admiten.

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