miércoles, 11 de marzo de 2020

El equipo de gobierno del Ayuntamiento desestima la petición de pleno extraordinario por IU y SxC




Comunicado del equipo de gobierno en el que anuncia la denegación de un pleno extraordinario solicitado por Socialistas por Cacabelos e Izquierda Unida para tratar de la actual situación del Museo Arqueológico y la dimisión de la concejala de Urbanismo, Medio Ambiente, Cultura, Patrimonio y Turismo, Inés Díaz:

COMUNICADO DEL EQUIPO DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE CACABELOS

El 26 de febrero de 2020 el bipartito formado por SXC e IU solicita en el Ayuntamiento la celebración de un pleno extraordinario con una serie de puntos que pasamos a enumerar y contestar. 

1. Dimisión de la Concejala de Urbanismo, Medio Ambiente, Cultura, Patrimonio y Turismo. En cuanto a este punto, se trata de un ruego político por parte de la oposición y los ruegos y preguntas no se votan, que por supuesto no comparte este Equipo de Gobierno y recordarles, que la Dimisión de la Concejala se trata de una decisión que sólo le corresponde a ella. 2. Recuperación página del Facebook del Museo MARCA y que desde la Concejalía de cultura, se siga en el MARCA la misma línea de actuación como años anteriores. Se trata de ruegos particulares de la oposición y el tema planteado no es competencia del pleno. El Equipo de Gobierno, no perjudica a ningún trabajador y mantener una u otra línea de funcionamiento del Museo MARCA, es competencia del actual Equipo de Gobierno, al igual que mantener una o varias páginas Web de servicios municipales.  3. Que las futuras bases de contratación del personal MARCA, no perjudiquen a los trabajadores. Que las bases no pueden favorecer a ninguna persona en particular salvo que se incurra en PREVARICACIÓN. Respecto a la contratación de personal ni son competencia de plenos, ni son un ruego al equipo de gobierno. La competencia es irrenunciable por el órgano que la tiene atribuida, y en su ejercicio debe someterse al principio de legalidad. 4. Que las bases futuras de contratación del personal para el MARCA sean aprobadas por el Pleno. En cuanto a los puntos 3 y 4, Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de Abril, art. 21.1 a) y g), corresponde al Alcalde; a) Dirigir el gobierno y la administración municipal y g) Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas. Por lo tanto, no compete al pleno, siendo la competencia irrenunciable y está sometida al principio de legalidad.

Por todo ello RESOLVEMOS: Desestimar la celebración del Pleno Extraordinario solicitado, por no ser posible, conforme a la fórmula jurídica que ustedes han utilizado, sin perjuicio de que lo soliciten de otra forma.

Este equipo de gobierno, que lleva pocos meses al frente del Ayuntamiento, está sorprendido por el comportamiento de estos dos partidos. Mucho protestaron en su día cuando se aprobaron las remuneraciones por acudir a los plenos porque les parecían desorbitadas, muy elevadas, y ahora aprovechan la ocasión para seguir haciendo mala política solicitando plenos extraordinarios con asuntos que NO SON COMPETENCIA del plenario; no sabemos si lo hacen por fines económicos, por el linchamiento público hacia una concejala, o por ambas.  Parece mentira que alguna componente de estos partidos lleve más de ocho años en el Ayuntamiento y aún no tenga conocimiento de que asuntos van o no al pleno.  Por último, recordarles, ya que parece que se les ha olvidado, que ustedes no gobiernan el Ayuntamiento de Cacabelos en este momento, y que hay decisiones que no están en sus manos, por mucho circo y show mediático que formen en las redes sociales. 

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